política de transporte de menores
Para poder realizar tu viaje siendo menor de edad, debes tener en cuenta lo siguiente:
- Se entenderá por niño o niña las personas entre los cero (0) a donde (12) años de edad y por adolescente las personas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad, según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1098 de 2006 - Código de infancia y adolescencia.
- Se recomienda programar el viaje con anticipación y cumplir como pasajero con los tiempos establecidos para el abordaje; el pasajero deberá estar presente con quince (15) minutos de antelación a la hora de salida para destinos cortos y largos con treinta (30) minutos de antelación.
- Los menores de edad deben portar su documento de identidad de acuerdo con su edad: De cero (0) a siete (7) años: Registro de Civil de nacimiento y de siete (7) a diecisiete (17)a años: tarjeta de identidad. Según la normativa de la registraduría general de la nación.
- Los niños de brazos entre los cero (0) y dos ( 2) años viajan sin ocupar asiento, bajo el cuidado y supervisión de sus padres o un adulto responsable.
- Todo menor de edad desde los tres (3) años deberá ocupar un asiento individual y pagará tiquete.
- Los menores de edad entre los tres (3) y los catorce (14) años no podrán viajar sin el cuidado o supervisión de sus padres o un adulto responsable.
- Los menores de edad que viajen en el servicio de transporte de pasajeros por carretera que presta la empresa COOMOFU LTDA no podrán ocupar el asiento que se encuentra al costado del conductor ni los asientos 1, 2, 3 y 4.
- Los menores de edad que viajen en el servicio de transporte de pasajeros por carretera que presta la empresa COOMOFU LTDA no podrán ocupar el asiento que se encuentra al costado del conductor ni los asientos 1, 2, 3 y 4.
- Los menores de edad entre los quince (15) y los diecisiete (17) años podrán viajar sin acompañantes, cumpliendo con el requisito indispensable de que sus padres o representantes legales autoricen de manera escrita, a través de AUTORIZACIÓN PARA TRANSPORTE DE MENORES DE EDAD SIN ACOMPAÑANTE dispuesto para ello la empresa COOMOFU LTDA, el cual debe contener la firma y huella y al que se le debe anexar fotocopia de la cédula del padre, madre o representante legal, copia del registro civil y/o tarjeta de identidad del menor.
-
La autorización debe ser únicamente el formato establecido por la empresa el cual se encuentra disponible en las diferentes taquillas.
- La autorización únicamente será válida para el servicio indicado (Origen - Destino).
- La autorización deberá estar firmada por uno de sus padres o tutores legales del menor.
- Se debe entregar una copia de la autorización al conductor para que tenga los teléfonos de contacto de los encargados del menor.
- Se debe dejar copia de la tarjeta de identidad y el documento del padre o representante legal.
- Si el menor de edad insiste en viajar solo sin compañía de sus padres o adulto responsable, se informará a las autoridades competentes.
- Se informa que el tratamiento de datos personales, entregados por las razones expuestas en esta política se tratan conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios y por lo tanto, la información entregada será tratada con la finalidad de gestionar el transporte de menores de edad.
DESCARGA LA AUTORIZACIÓN
Descarga el formato de autorización oficial y válido de “Política de Transporte de Menores de Edad”. Ningún otro formato será aceptado y/o recibido. Recuerda presentarlo al operario / conductor del vehículo. Verifica que se trata de un vehículo propiedad de Coomofu.